Capítulo 3 del Anexo 19 – Guía Esencial.

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En el artículo de hoy, veremos sobre el capítulo 3 del Anexo 19 de la OACI. En un artículo anterior habíamos visto y aprendido sobre el Anexo 19 de la OACI, el cual esta referido a las Seguridad Operacional, dando los métodos y normas recomendadas al respecto. Pero vayamos desgranando de a poco este Anexo 19 de la OACI. Vamos a ir capitulo por capitulo con la finalidad de entender con mejor precisión los puntos importantes de cada uno.

El Capítulo 3 del Anexo 19 se enfoca en las responsabilidades funcionales estatales en materia de gestión de la seguridad operacional. Se destaca la importancia de establecer y mantener un Programa Estatal de Seguridad Operacional (SSP) que se ajuste a la dimensión y complejidad del sistema de aviación civil del Estado.

Además el capítulo 3 del Anexo 19, aborda la creación de políticas, objetivos, y recursos estatales de seguridad operacional; la gestión estatal de los riesgos de seguridad operacional; el aseguramiento estatal de la seguridad operacional; y la promoción estatal de la seguridad operacional. Este capítulo subraya el compromiso y las acciones necesarias por parte de los Estados para gestionar y mejorar continuamente la seguridad operacional dentro de su jurisdicción.

Contenido del Capítulo 3 del Anexo 19

  1. Capítulo 3 del Anexo 19 – 3.1 Programa estatal de seguridad operacional (SSP): Se detalla la necesidad de que los Estados establezcan y mantengan un SSP adaptado a la dimensión y complejidad de su sistema de aviación civil, pudiendo delegar funciones y actividades relacionadas con la gestión de la seguridad operacional a otros Estados, RSOO, o RAIO.
  2. Capítulo 3 del Anexo 19 – 3.2 Política, objetivos y recursos estatales de seguridad operacional: Aborda la importancia de que los Estados desarrollen políticas, objetivos y asignen los recursos necesarios para la seguridad operacional.
  3. Capítulo 3 del Anexo 19 – 3.3 Gestión estatal de los riesgos de seguridad operacional: Se centra en cómo los Estados deben gestionar los riesgos de seguridad operacional, incluyendo la identificación de peligros y la evaluación de riesgos.
  4. Capítulo 3 del Anexo 19 – 3.4 Aseguramiento estatal de la seguridad operacional: Cubre las obligaciones de los Estados para asegurar la seguridad operacional, incluyendo la vigilancia y el seguimiento del desempeño en seguridad operacional.
  5. Capítulo 3 del Anexo 19 – 3.5 Promoción estatal de la seguridad operacional: Destaca la importancia de promover una cultura de seguridad y la comunicación efectiva de la información de seguridad operacional​.

Este contenido lo veremos con mayor profundidad a continuación.

3.1 Programa estatal de seguridad operacional (SSP)

El primer apartado del capítulo 3 del Anexo 19, dedicado al Programa Estatal de Seguridad Operacional (SSP), es un pilar fundamental en la arquitectura de la seguridad aérea global. Este marco estratégico no solo reconoce la necesidad de un enfoque sistemático y coherente hacia la seguridad operacional, sino que también enfatiza la adaptabilidad de dicho programa a la dimensión y complejidad del sistema de aviación civil de cada Estado. La flexibilidad del SSP es crucial, permitiendo que cada Estado modele su programa de acuerdo con sus necesidades específicas, capacidades y el contexto operacional en el que se desenvuelve.

En el corazón de la recomendación de establecer y mantener un SSP, hay un reconocimiento implícito de la diversidad entre los sistemas de aviación civil a nivel mundial. Desde Estados con industrias aeronáuticas vastas y complejas hasta aquellos con operaciones más limitadas, el Anexo 19 proporciona un marco que es lo suficientemente flexible como para ser implementado de manera efectiva en cualquier contexto. Esto es esencial para garantizar que la seguridad operacional no sea vista como un conjunto rígido de reglas, sino como un conjunto adaptable de principios que pueden ser aplicados de manera efectiva independientemente del tamaño o la complejidad del sistema de aviación.

La posibilidad de delegar funciones y actividades relacionadas con la gestión de la seguridad operacional es otro aspecto innovador de este subcapítulo. Al permitir que los Estados deleguen estas responsabilidades a otras entidades, como organizaciones regionales de vigilancia de la seguridad operacional (RSOO) u organizaciones regionales de investigación de accidentes e incidentes (RAIO), el Anexo 19 fomenta la colaboración y la utilización eficiente de recursos en la esfera de la seguridad aérea. Sin embargo, es crucial entender que la delegación no equivale a abdicar de la responsabilidad. Los Estados mantienen la responsabilidad última sobre la gestión de la seguridad operacional, asegurando que la supervisión y la accountability permanezcan firmemente ancladas a nivel nacional.

La guía proporcionada en el Manual de gestión de la seguridad operacional (SMM, Doc 9859) es un recurso invaluable para los Estados en el proceso de desarrollar, implementar y mantener sus SSP. Este manual no solo ofrece orientación detallada sobre el establecimiento de un SSP efectivo, sino que también aborda la cuestión de cómo manejar la delegación de funciones relacionadas con la seguridad operacional, garantizando que los Estados puedan navegar estas aguas a veces complejas con confianza y claridad.

3.2 Política, objetivos y recursos estatales de seguridad operacional

El segundo apartado del capítulo 3 del Anexo 19 aborda la política, objetivos y recursos estatales de seguridad operacional, estableciendo un marco sólido para el desarrollo de legislaciones y regulaciones que sustenten la gestión de la seguridad operacional a nivel estatal.

Este subcapítulo se desglosa en varios segmentos cruciales, comenzando con la necesidad de que los Estados establezcan una legislación aeronáutica básica que sirva de fundamento para todas las actividades relacionadas con la aviación civil dentro de su jurisdicción. Esta legislación debe estar alineada con los estándares y recomendaciones internacionales, asegurando así un nivel básico de seguridad operacional que sea consistente a nivel mundial.

Una parte significativa de este esfuerzo se centra en el desarrollo y la implementación de reglamentos de explotación específicos que aborden las particularidades de cada operación aeronáutica, desde las operaciones comerciales hasta las actividades de aviación general. Estos reglamentos deben revisarse periódicamente para asegurar que permanezcan relevantes y adecuados frente a los cambios en la tecnología, las prácticas operacionales y el entorno de la seguridad operacional.

Además, se destaca la importancia de establecer un sistema y funciones estatales que apoyen la creación y el mantenimiento del Programa Estatal de Seguridad Operacional (SSP). Este sistema debe ser capaz de adaptarse y evolucionar para satisfacer los objetivos de seguridad operacional del Estado, promoviendo una cultura de seguridad positiva dentro de la comunidad de la aviación. Para ello, se recomienda que los Estados desarrollen políticas y objetivos de seguridad operacional claros que reflejen su compromiso con la mejora continua de la seguridad.

Otro aspecto cubierto en este subcapítulo es la necesidad de contar con personal técnico cualificado. Los Estados deben establecer requisitos claros respecto a las cualificaciones del personal que desempeña funciones relacionadas con la seguridad operacional, asegurando así que estas actividades se realicen de manera competente y efectiva.

Este enfoque integral hacia la política, los objetivos y los recursos de seguridad operacional refleja un compromiso profundo con el mantenimiento de los más altos estándares de seguridad en todas las facetas de la aviación civil.

3.3 Gestión estatal de los riesgos de seguridad operacional

El tercer apartado del capítulo 3 del Anexo 19, dedicado a la gestión estatal de los riesgos de seguridad operacional, es un componente crucial en el marco de la seguridad aérea global. Este segmento aborda con precisión las responsabilidades y procedimientos que los Estados deben adoptar para garantizar una gestión eficaz de los riesgos de seguridad operacional dentro de su jurisdicción aeronáutica.

Comienza estableciendo la obligación de los Estados de cumplir con las responsabilidades de otorgamiento de licencias, certificaciones, autorizaciones y aprobaciones, según se detalla en la Sección 6 del Apéndice 1 del anexo. Esta base asegura que todas las entidades y operaciones aeronáuticas cumplan con los estándares mínimos de seguridad operacional antes de poder funcionar.

Un aspecto fundamental de este subcapítulo es la exigencia hacia los Estados de requerir que ciertos proveedores de servicios bajo su autoridad implementen un Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional (SMS). Esto incluye una amplia gama de operadores y organizaciones dentro de la industria aeronáutica, desde organizaciones de instrucción reconocidas hasta explotadores de aeródromos certificados. Este requisito subraya la importancia de un enfoque sistemático y proactivo hacia la gestión de la seguridad, donde la identificación de riesgos y la mitigación se integran en las operaciones diarias de las organizaciones aeronáuticas.

La sección también enfatiza la necesidad de que los Estados aseguren que los indicadores y metas de rendimiento en materia de seguridad operacional establecidos por los proveedores de servicios sean adecuados y aceptables. Esto garantiza que exista una alineación entre los objetivos de seguridad operacional de los proveedores de servicios y las expectativas regulatorias del Estado, creando un entorno operacional cohesivo y seguro.

Otro punto destacado es la responsabilidad de los Estados de establecer un proceso para la investigación de accidentes e incidentes, en conformidad con el Anexo 13. Este proceso no solo es esencial para entender las causas subyacentes de tales eventos sino también para implementar medidas correctivas que prevengan su recurrencia.

La identificación de peligros y la evaluación de riesgos de seguridad operacional forman otro pilar clave en este subcapítulo. Los Estados deben establecer y mantener procesos robustos para identificar peligros a partir de datos recopilados y evaluar los riesgos asociados a estos peligros identificados. Esta actividad es vital para anticipar y mitigar potenciales incidencias de seguridad antes de que se materialicen en eventos de seguridad.

Finalmente, la sección sobre gestión de riesgos de seguridad operacional destaca las estrategias que los Estados deben adoptar para manejar los riesgos identificados, tales como la aceptación, mitigación, evitación o transferencia de riesgos. Este enfoque multifacético asegura que los Estados dispongan de un arsenal de opciones para abordar eficazmente los riesgos de seguridad operacional, teniendo en cuenta los factores subyacentes que pueden influir en la eficacia de las medidas de mitigación.

3.4 Aseguramiento estatal de la seguridad operacional

El cuarto apartado del capítulo 3 del Anexo 19 aborda el tema crucial del aseguramiento estatal de la seguridad operacional, estableciendo un marco para que los Estados supervisen y aseguren la efectividad de las prácticas de seguridad operacional dentro de su jurisdicción aeronáutica. Este componente es esencial para mantener un sistema de aviación seguro, eficiente y confiable, centrándose en la vigilancia y el rendimiento en seguridad operacional a nivel estatal.

3.4.1 Obligaciones de Vigilancia

Las obligaciones de vigilancia requieren que los Estados cumplan con procesos detallados para la supervisión continua de los Sistemas de Gestión de la Seguridad Operacional (SMS) de los proveedores de servicios. Este proceso implica no solo inspecciones regulares, auditorías y encuestas, sino también una evaluación del rendimiento en seguridad operacional que tenga en cuenta la dimensión y complejidad de los servicios ofrecidos por estos proveedores.

El objetivo es garantizar que los SMS funcionen efectivamente y que los riesgos de seguridad operacional se gestionen de manera proactiva. Para esto, se recomienda establecer procedimientos que prioricen las actividades de vigilancia basadas en los niveles de riesgo y preocupación identificados, permitiendo así un enfoque más dirigido y eficiente en la gestión de la seguridad operacional.

3.4.2 Rendimiento Estatal en Materia de Seguridad Operacional

Este apartado subraya la responsabilidad de los Estados de definir y alcanzar un nivel aceptable de rendimiento en materia de seguridad operacional mediante su SSP. Es fundamental que los Estados establezcan indicadores y metas de rendimiento en seguridad operacional, que no solo reflejen la eficacia de sus SSP sino que también estén alineados con los SARPS internacionales existentes.

Para mantener o mejorar el rendimiento en seguridad operacional, se sugiere que los Estados desarrollen y sostengan un proceso para evaluar la eficacia de las acciones tomadas para gestionar los riesgos de seguridad operacional. Esto implica una revisión periódica y una mejora continua del SSP, asegurando que las estrategias de seguridad operacional sean efectivas y pertinentes a las necesidades y desafíos cambiantes del entorno aeronáutico.

Implicaciones y Recomendaciones

Las recomendaciones incluidas en este subcapítulo enfatizan la importancia de un enfoque sistemático y basado en riesgos para el aseguramiento de la seguridad operacional. Los Estados deben adoptar una actitud proactiva hacia la evaluación y mejora de sus sistemas de seguridad operacional, utilizando datos y análisis para informar sus decisiones y prioridades. Al hacerlo, pueden identificar oportunidades para fortalecer las prácticas de seguridad operacional, promoviendo así un ambiente de aviación más seguro para todos los involucrados.

3.5 Promoción estatal de la seguridad operacional

El quinto apartado del capítulo 3 del Anexo 19, dedicado a la promoción estatal de la seguridad operacional, pone de relieve la importancia de una comunicación efectiva y la divulgación de información sobre seguridad operacional tanto dentro de las organizaciones estatales de aviación como hacia y desde la comunidad de aviación en general. Este enfoque multifacético no solo busca informar y educar sino también cultivar y reforzar una cultura positiva de seguridad operacional que sea fundamental para la implementación exitosa de un Programa Estatal de Seguridad Operacional (SSP) eficaz.

3.5.1 Comunicación y Divulgación Internas

La recomendación para que los Estados fomenten el conocimiento y la compartición de información sobre seguridad operacional internamente subraya la necesidad de asegurar que todos los miembros de las organizaciones estatales de aviación estén bien informados sobre las prácticas, procedimientos y políticas de seguridad operacional. Este enfoque colaborativo y abierto no solo mejora la comprensión y el compromiso con la seguridad operacional sino que también promueve la identificación y la comunicación proactiva de los peligros y riesgos, crucial para la gestión efectiva de la seguridad.

3.5.2 Comunicación y Divulgación Externas

De manera similar, la recomendación de promover la comunicación y el intercambio de información sobre seguridad operacional con la comunidad de aviación en general destaca el papel vital que juega la transparencia en el mantenimiento y mejora de la seguridad operacional. Al compartir abiertamente información relevante sobre seguridad operacional, los Estados pueden facilitar un entendimiento más amplio de los desafíos de seguridad actuales, fomentar mejores prácticas entre los operadores y proveedores de servicios de aviación, y apoyar el desarrollo continuo de una cultura de seguridad positiva en toda la industria.

El Papel de la Cultura de Seguridad Operacional

El énfasis en el desarrollo de una cultura de seguridad operacional positiva es un tema recurrente en estas recomendaciones. Una cultura de seguridad robusta es aquella en la que la seguridad es valorada y priorizada por todos, desde el personal de primera línea hasta la alta dirección. En tal entorno, la seguridad operacional se convierte en una responsabilidad compartida, donde el intercambio abierto de información y la comunicación efectiva son la norma y no la excepción. Este entorno permite no solo identificar y abordar proactivamente los riesgos de seguridad sino también aprender de los incidentes y mejorar continuamente las prácticas de seguridad.

La promoción estatal de la seguridad operacional, tal como se detalla en el Subcapítulo 3.5 del Anexo 19, es un componente esencial para alcanzar y mantener altos niveles de seguridad en la aviación. A través de la comunicación y divulgación efectiva de la información sobre seguridad operacional, los Estados pueden asegurar que la cultura de seguridad operacional se fortalezca tanto internamente dentro de las organizaciones estatales como externamente en la comunidad de aviación más amplia. Al hacerlo, se fomenta un ambiente en el que la seguridad operacional es vista como una prioridad inquebrantable y una responsabilidad compartida por todos.

Conclusiones sobre el Capitulo 3 del Anexo 19

El Anexo 19 de la OACI, dedicado a la Gestión de la Seguridad Operacional, establece un marco integral para la mejora continua de la seguridad en la aviación civil internacional. Los subcapítulos 3.1 a 3.5 abordan diversos aspectos clave de este marco, desde el establecimiento de Programas Estatales de Seguridad Operacional (SSP) adaptados a la dimensión y complejidad de cada sistema de aviación civil, hasta la importancia de una gestión efectiva de los riesgos de seguridad operacional, y la promoción de una cultura de seguridad operacional robusta y positiva tanto interna como externamente.

En el corazón de estas secciones yace el compromiso con la seguridad operacional, reflejado en la necesidad de que los Estados implementen procedimientos y políticas claras, promuevan la comunicación y compartan información sobre seguridad operacional. Esto incluye la identificación y evaluación de peligros, la supervisión del rendimiento en seguridad operacional de los proveedores de servicios, y el establecimiento de niveles aceptables de rendimiento en seguridad operacional a través del SSP. El enfoque proactivo y basado en riesgos es esencial para prevenir incidentes y mejorar continuamente las prácticas de seguridad.

La promoción de la seguridad operacional, tanto interna como externamente, es fundamental para fomentar un entendimiento amplio de los desafíos de seguridad, compartir mejores prácticas, y desarrollar una cultura de seguridad donde la seguridad es una responsabilidad compartida y prioritaria. El Anexo 19, por lo tanto, no solo proporciona una guía para la implementación de medidas de seguridad operacional, sino que también subraya la importancia de la colaboración, la transparencia y el compromiso continuo con la mejora de la seguridad en todo el sector aeronáutico.

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